Por tratarse de un material procedente de factoría, podría pensarse que su
control en obra no es necesario. Esto no es así, porque el acero experimenta
variaciones de unas coladas a otras, así como durante el proceso de
elaboración; y aun cuando los fabricantes lleven su propio control de calidad,
las comprobaciones en obra son siempre convenientes.
Aun en el caso de que el acero posea marca de calidad, es
conveniente efectuar algún ensayo en
obra, dada la gran responsabilidad del acero en la seguridad estructural. En
españa
existe como marca de calidad del acero el Sello CIETSID, que puede considerarse
de absoluta garantía.
A continuación se definen los dos niveles de control que fija la instrucción Española
cual prescribe también que no deben utilizarse partidas de acero que no vayan acompañadas
un certificado de garantía del fabricante.
l.° CONTROL A NIVEL REDUCIDO
Este nivel es de aplicación en obras cuyo consumo de acero es muy reducido, o
bien e aquellos casos en los que, por cualquier circunstancia., resulta difícil
realizar ensayos completos. En estos casos, es obligado utilizar aceros
certificados (es decir, en posesión del Sello CIETSID o análogo de otro país
comunitario) y en el cálculo se utilizará un valor característico del límite
elástico no mayor del 75% del valor nominal garantizado.
El control consiste en comprobar, sobre cada diámetro:
a) que la sección equivalente es igual o superior al 95,5 por 100 de la
nominal. Se realizar dos comprobaciones por cada partida de acero que llegue a
obra;
b) que no se forman grietas ni fisuras en las zonas de doblado y ganchos de
anclaje, mediante inspección en obra.
Si las dos comprobaciones de sección equivalente resultan negativas, la partida
debe rechazarse; si resulta una negativa y otra positiva, se efectuará un
contraensayo sobre cuatro muestras, y si alguna de estas cuatro resulta
negativa, la partida será rechazada. En cuanto al criterio b), la aparición de
grietas o fisuras en zonas de doblado de cualquier barra obligará a rechazar
toda la partida correspondiente.
2.° CONTROL A NIVEL NORMAL
Si el acero está en posesión del Sello CJETSID o análogo de otro país comunitario,
su control consiste en tomar dos probetas por cada diámetro y partida de 40
toneladas o fracción y, sobre ellas, comprobar:
a) que la sección equivalente es igual o superior al 95,5 por 100 de la
nominal;
b) que las características geométricas de los resaltos están comprendidas entre
los límites admisibles establecidos en el certificado de homologación de
adherencia
c) que cumplen el ensayo de doblado-desdoblado.
Además de lo anterior y al menos en dos ocasiones durante la
realización de la obra, se comprobarán el límite elástico, la carga de rotura y
el alargamiento de rotura, como mínimo en una probeta por cada diámetro
empleado.
Si el acero no posee el Sello CIETSID o análogo, se trata de un producto no
certificado y su control se efectúa como en el caso anterior pero aumentando el
número de ensayos a), b) y c), ya que en este caso deben tomarse dos probetas
por cada diámetro y partida de 20 toneladas o fracción. Ademas, en este caso se
utilizará en el cálculo un valor característico del límite elástico no mayor
del 95% del valor nominal garantizado.
En ambos casos se aplicarán los siguientes criterios de
aceptación o rechazo:
Si las dos comprobaciones de sección equivalente resultan negativas, la partida
debe rechazarse, si resulta una negativa y otra positiva, se efectuará un
contraensayo sobre cuatro muestras, y i alguna de estas cuatro resulta
negativa, la partida será rechazada.
• Si se Incumple alguno de los limites admisibles establecidos
en el certificado de homologación de adherencia, la partida será rechazada.
• Si alguno de los dos ensayos de doblado-desdoblado resulta negativo, se
someterán a ensayo cuatro nuevas probetas de la misma partida; s 4iiguno de
estos ensayos resulta negativ0 la partida será rechazada.
En cuanto a la decisión relativa a los ensayos de tracción (en los que se
comprueba el límite elástico, la carga de rotura y el alargamiento de rotura),
en ambos casos se aplicarán los siguientes criterios:
• Si se registra algún fallo, todas las armaduras de ese
mismo diámetro se considerarán como sospechosas Y deberán clasificarse en
lotes, uno (o más) por cada partida diferente de las ya suministradas (y
también de las que posteriormente se reciban), sin que cada lote pueda
exceder de 20 toneladas.
• Cada uno de estos lotes será controlado ensayando dos probetas. Serán
aceptados aquellos lotes en los que ambos ensayos resulten positivos, y
rechazados aquellos en los que ambos resulten negativos.
• Cada uno de los lotes restantes se juzgará ensayando 16
probetas. Si alguno de los resultados obtenidos en los ensayos es inferior al 95%
de su valor nominal, el lote será rechazado. En caso contrario, se determinará
la media aritmética de los dos resultados más bajos. Si esta media iguala o
supera el valor nominal, el lote será aceptado; y será rechazado en caso
contrario.
3.º APTITUD AL SOLDEO
Cuando existan empalmes por soldadura será necesario comprobar que el acero es
apto para soldeo, lo cual requiere que su composición química cumpla las
condiciones exigidas en ¡a Norma UNE 36.068:94.
Además, deben realizarse ensayos de comprobación, los cuales dependen del
método de soldeo en cuestión.